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Cómo comprar una vivienda en España con hipoteca, paso a paso

Comprar una vivienda con hipoteca en España son diez pasos: presupuesto, capacidad de endeudamiento, búsqueda, arras, comprobaciones, tasación y oferta del banco, notaría, impuestos, registro y cambios de titularidad. Aquí tienes cada uno con su base legal y las cuentas de un caso calculado.

Revisado el 17 de octubre de 2026 12 min de lectura Con fuentes oficiales
En esta guía
  1. El recorrido en una tabla
  2. Paso 1: presupuesto y ahorro
  3. Paso 2: tu capacidad de endeudamiento
  4. Paso 3: busca, visita y compara
  5. Paso 4: reserva y contrato de arras
  6. Paso 5: nota simple y comprobaciones
  7. Paso 6: tasación y oferta del banco
  8. Paso 7: notaría, acta y firma
  9. Paso 8: impuestos de la compraventa
  10. Paso 9: inscripción en el Registro
  11. Paso 10: comunidad, IBI y suministros
  12. Un caso completo con números
  13. Límites de esta guía y errores habituales
  14. Preguntas frecuentes
  15. Herramientas y guías relacionadas
  16. Fuentes consultadas
Lo esencial
  • Una compra con hipoteca pasa por diez pasos, del presupuesto a los cambios de titularidad; la tabla indica quién interviene y qué se paga.
  • Además de la entrada necesitas dinero para impuestos y gastos: en el caso de esta guía, 16.473 € sobre un piso de 250.000 € (6,6 % del precio).
  • El contrato de arras te obliga desde que lo firmas. El Código Civil solo regula las arras penitenciales (artículo 1454); el resto depende de lo que diga el contrato.1, 2
  • El banco debe darte la FEIN y la FiAE con al menos diez días naturales de antelación, y debes comparecer ante el notario como tarde el día anterior a la firma.3
  • Tras firmar tienes treinta días hábiles para liquidar el impuesto de la compraventa.4

El recorrido en una tabla

La tabla describe una compra de segunda mano con hipoteca. En obra nueva cambian los impuestos y entra el promotor.

PasoQuién intervieneQué pagasRegla clave
1. Presupuesto y ahorroTúNadaEntrada, gastos y colchón se suman
2. Capacidad de endeudamientoTú y el bancoNadaNo hay porcentaje legal de cuota3
3. Búsqueda y visitasVendedor o agenciaLo pactado con la agencia, si hayEl anuncio incluye la calificación energética5
4. Reserva y arrasComprador y vendedorLa señalContrato privado que obliga6
5. Nota simple y comprobacionesRegistro, comunidad, vendedorUn importe pequeño por la nota simpleLa nota simple no da fe7
6. Tasación y ofertaTasadora y bancoLa tasaciónFEIN y FiAE con diez días3
7. NotaríaNotario, banco, vendedorNotaría y registro de la compraventaActa gratuita y comparecencia previa3
8. ImpuestosHacienda de tu comunidadITP, o IVA más AJDTreinta días hábiles4
9. RegistroRegistradorArancel de la compraventaQuince días desde la presentación7
10. TitularidadComunidad, ayuntamiento, suministradorasCuotas y recibos desde que eres titularComunicar el cambio al secretario8

Paso 1: presupuesto y ahorro

Empieza por el dinero, no por los anuncios. Necesitas tres cifras: el precio máximo, la entrada y la reserva que quieres conservar. En las compras con hipoteca de julio de 2026, el préstamo medio fue el 71,6 % del precio.9 El Banco de España describe como práctica habitual que las entidades no superen el 80 % del valor de tasación, aunque no es un límite legal y cada banco decide.10 Con ese 80 %, la entrada es el 20 % del precio.

A la entrada se suman los impuestos y gastos de la compra, que dependen de la comunidad autónoma. La calculadora de ahorro para comprar vivienda suma entrada, gastos y colchón; la guía de cuánto ahorrar antes de comprar casa explica cómo plantearlo.

Paso 2: tu capacidad de endeudamiento

Que un banco te preste una cantidad no significa que te convenga. La ley obliga a evaluar ingresos, activos, gastos y compromisos, pero ninguna norma fija un porcentaje máximo de cuota sobre ingresos.3 El Banco de España dice que el endeudamiento total no debería superar el 40 % de los ingresos netos mensuales, contando las cuotas de otras deudas.11 Y en su informe de primavera de 2026 usa el 35 % de los ingresos para la cuota y el 80 % de préstamo sobre precio como umbrales de análisis, que son los que más aplican las entidades.12 Son referencias, no reglas.

En nuestro caso, con 2.500 € netos al mes y 80.000 € de ahorros, la calculadora de capacidad de compra con el 35 % da un precio máximo de unos 269.862 €. Elegimos un piso de 250.000 € para dejar margen. Para profundizar, lee cuánta hipoteca puedo pedir con mi sueldo. La ley obliga al banco a explicarte qué pruebas necesita;3 la guía de documentación para pedir una hipoteca recoge la habitual, porque no hemos encontrado una lista oficial.

Paso 3: busca, visita y compara

Quien publica un anuncio de venta debe incluir la calificación energética,5 así que exígela. En cada visita anota precio, superficie, estado, cuota de comunidad, derramas y quién ocupa la vivienda: el Notariado aconseja informarse de las derramas aprobadas antes de firmar nada.6

Como referencia, el Notariado fijó el precio medio de compraventa en 2.112 euros por metro cuadrado en julio de 2026, en toda España.9 El valor tasado medio, que sale de tasaciones y no de ventas, fue de 2.355 euros por metro cuadrado en el segundo trimestre de 2026.13 Entre comunidades varía mucho, de 996,6 euros en Extremadura a 4.089,6 en la Comunidad de Madrid, así que úsalos solo como contexto.

Paso 4: reserva y contrato de arras

Algunas compras empiezan con una reserva: una cantidad pequeña para que el vendedor retire la vivienda del mercado unos días. Después viene el contrato de arras, un documento privado que ya te obliga. El Código Civil dice que la venta se perfecciona cuando hay acuerdo en la cosa y el precio, aunque no se hayan entregado,1 y que la promesa de comprar o vender permite reclamar el cumplimiento.1

La palabra arras no dice por sí sola qué pasa si te echas atrás. El Código Civil regula solo las penitenciales; las otras dos modalidades las distingue la doctrina del Tribunal Supremo:2

TipoQué sonEfectoBase
ConfirmatoriasSeñal de que el contrato existe y anticipo del precioNo permiten desistir; si alguien incumple, rigen las reglas generalesArtículo 1124 y doctrina del Supremo
PenitencialesMedio lícito de desistir pagandoEl comprador pierde las arras; el vendedor las devuelve duplicadasArtículo 1454
PenalesGarantía de cumplimientoPérdida o devolución doblada si se incumple, sin derecho a desistirCláusula penal, artículos 1152 y 1153

Los tribunales interpretan las penitenciales de forma restrictiva: exigen una voluntad clara de poder desistir, y si no la hay lo entregado es un anticipo del precio. En la sentencia de 29 de junio de 2009, el Supremo consideró confirmatorias unas arras cuya cláusula decía que el comprador perdería lo entregado si incumplía y el vendedor lo devolvería duplicado, porque esa redacción también encaja en las penales y no probaba un derecho a desistir.2 Por eso el contrato debe decir qué tipo de arras son, el plazo para escriturar, quién paga cada gasto y qué ocurre si el banco no concede la hipoteca. En una cláusula penal, la pena sustituye a la indemnización salvo pacto distinto, y no se puede exigir a la vez cumplimiento y pena sin haberlo pactado con claridad.1

Paso 5: nota simple y comprobaciones

Antes de comprometer más dinero, pide la nota simple del Registro de la Propiedad. Es un extracto con la identificación de la finca, sus titulares y las limitaciones que constan; tiene valor informativo y no da fe del contenido de los asientos.7 Comprueba que el titular es quien vende y quién más debe firmar: si el bien es ganancial o es el domicilio conyugal, firman los dos.6 Mira la descripción de la finca y las hipotecas, embargos o cargas. Una hipoteca del vendedor no desaparece al vender, porque sujeta el bien cualquiera que sea su poseedor,7 así que debe cancelarse al firmar o descontarse del precio.

La lista completa, con la base legal de cada documento (eficiencia energética, IBI, deudas con la comunidad, ocupación, cédula de habitabilidad), está en la guía qué revisar antes de firmar la compra.

Paso 6: tasación y oferta del banco

La tasación la hace una sociedad independiente del banco, la pagas tú aunque no te concedan la hipoteca3, 6 y puedes elegir la tasadora de común acuerdo con el banco.14 El informe caduca a los seis meses,15 y su valor puede diferir del precio de compra.10 Más en la guía de tasación de una vivienda.

Con la tasación hecha, el banco debe entregarte, con al menos diez días naturales de antelación a la firma, la FEIN, que es oferta vinculante durante el plazo pactado (diez días como mínimo), y la FiAE. También el proyecto de contrato con los gastos desglosados y, si el tipo es variable, un documento con las cuotas en distintos escenarios.3 Compara por TAE y no solo por TIN (términos en cómo funciona una hipoteca), elige entre fijo, variable o mixto con el comparador y revisa las vinculaciones: la ley prohíbe las ventas vinculadas con excepciones, como el seguro de daños, que puedes contratar con otra aseguradora si la póliza es equivalente.3 Si tienes 35 años o menos o hijos a cargo, mira el aval del ICO.

Paso 7: notaría, acta y firma

Puedes elegir al notario que quieras, y todos cobran lo mismo por el mismo servicio.6 Díselo al banco para que le envíe la documentación. El notario comprueba que te han entregado todo en plazo, resuelve tus dudas, te hace un test y levanta un acta gratuita. Debes comparecer como tarde el día anterior a la firma; si no se acredita el cumplimiento, no puede autorizarse la escritura del préstamo.3

El día de la firma suelen otorgarse a la vez la escritura de compraventa y la de la hipoteca, con el vendedor, el banco y tú. Una vez autorizadas no se puede volver atrás.6 Gastos: en el préstamo, el banco asume notaría, registro, gestoría y AJD, y tú pagas la tasación y las copias que pidas.3, 16, 17 En la compraventa, salvo pacto, la escritura es del vendedor y la primera copia del comprador;1 como el reparto puede pactarse, el cálculo de esta guía pone la notaría de la compraventa de tu lado, por prudencia.

Paso 8: impuestos de la compraventa

En una vivienda de segunda mano pagas el ITP, con el tipo que fije tu comunidad (6 % si no lo fijara).18 En obra nueva pagas IVA, el 10 % en vivienda,19 más el AJD de la escritura, con un tipo supletorio del 0,50 % que cada comunidad puede cambiar.18 La base no es solo el precio: es el mayor entre el valor declarado y el valor de referencia del Catastro.18 El AJD de la hipoteca lo paga el banco,17 y la plusvalía municipal corresponde al vendedor.20

El plazo para presentar la autoliquidación es de treinta días hábiles desde que se firma.4 Para los tipos de cada territorio, usa la guía de ITP por comunidades autónomas, la de gastos e impuestos de comprar una vivienda, la de vivienda nueva o de segunda mano y la calculadora de gastos de compraventa.

Paso 9: inscripción en el Registro

La inscripción de la compraventa es voluntaria, pero como el banco exige inscribir la hipoteca, se inscribe también la compra. El notario envía por vía telemática las dos escrituras el mismo día de la firma, y eso protege frente a embargos o demandas posteriores contra el vendedor.6 El asiento de presentación bloquea durante sesenta días la inscripción de otros títulos que transmitan el dominio o impongan derechos reales sobre el inmueble, y el plazo máximo para inscribir es de quince días desde ese asiento, con excepciones.7

Paso 10: comunidad, IBI y suministros

Comunica el cambio de titularidad al secretario de la comunidad. Quien no lo hace sigue respondiendo, junto al nuevo titular, de las deudas posteriores a la venta, así que conviene que se comunique cuanto antes.8 El IBI se devenga el 1 de enero de cada año,20 así que el recibo del año de la compra llega a quien era titular a esa fecha y el reparto con el vendedor se pacta. Si el inmueble cambia (obras, usos), esas alteraciones se declaran al Catastro.20 Para luz, agua y gas, solicita el cambio de titular en cada suministradora, que son trámites separados. Lo que sigue pagando una casa está en la guía de gastos después de comprar una casa.

Un caso completo con números

Vivienda de 250.000 € con hipoteca del 80 %

Segunda mano en la Comunidad de Madrid, 200.000 € de hipoteca a tipo fijo del 3,00 % durante 30 años. El tipo medio de las hipotecas inscritas fue del 3,01 % en julio de 2026.21 Los ingresos netos son 2.500 € al mes y los ahorros, 80.000 €.

ConceptoImporteCuándo
Arras (supuesto del 5 % del precio)12.500 €Al firmar el contrato de arras
Resto de la entrada37.500 €Día de la firma
ITP (6 %)15.000 €En treinta días hábiles
Notaría de la compraventa501 €Día de la firma
Registro de la compraventa198 €Tras la firma
Gestoría (estimación de mercado)400 €Tras la firma
Tasación (estimación de mercado)375 €Antes de la firma
Impuestos y gastos16.473 €Margen: de 16.109 € a 16.978 €
Dinero inicial (entrada y gastos)66.473 €

La cuota es de 843,21 € al mes, el 33,7 % de los ingresos. Durante los 30 años pagarías 103.555 € de intereses y 303.555 € en total. Tras reunir 66.473 € te quedarían 13.527 € de los ahorros. El banco asume la notaría, el registro, la gestoría y el AJD de la hipoteca (solo notaría y registro, unos 616 €).3, 22, 23

Cambia el precio, la entrada, el plazo o el tipo en la calculadora de hipoteca y compara alternativas con el comparador de escenarios.

Límites de esta guía y errores habituales

  • Impuestos, cédula de habitabilidad y vivienda protegida cambian según la comunidad. Gestoría y tasación son estimaciones sin tarifa oficial, y notaría y registro llevan margen.
  • Los errores de cuentas y de papeles de una primera compra, con su coste calculado, están en errores al comprar una primera vivienda.
Normas todavía provisionales

El real decreto ley 29/2026, en vigor desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación, crea el préstamo TU CASA, que a día de hoy no se puede solicitar, y cambia a partir del 1 de diciembre de 2026 los coeficientes de la plusvalía y el IVA de algunas viviendas protegidas.24 No cuentes con ello en tu presupuesto hasta que se confirme.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto dinero necesito además de la entrada?

Depende sobre todo del impuesto, que fija cada comunidad. Para una vivienda de segunda mano de 250.000 € con una hipoteca de 200.000 €, el cálculo de CasaCalculadora da unos 16.473 € de impuestos y gastos en la Comunidad de Madrid (6,6 % del precio) y unos 26.473 € en Cataluña (10,6 %). Son estimaciones con margen, no minutas.18, 22, 23

¿Puedo echarme atrás después de firmar el contrato de arras?

Solo si las arras son penitenciales y así consta con claridad: el comprador desiste perdiendo lo entregado y el vendedor, devolviéndolo duplicado. Con arras confirmatorias o penales no hay facultad de desistir.1, 2 Lee la cláusula antes de firmar.

¿Es obligatorio firmar un contrato de arras?

No. El Notariado explica que es un documento previo y voluntario, aunque la ley lo considera un contrato válido y estás obligado a cumplirlo desde que lo firmas. El notario te informa de forma gratuita antes de que firmes nada.6

¿En qué plazo tengo que pagar el impuesto de la compraventa?

El reglamento del impuesto fija treinta días hábiles, contados desde que se firma el acto o contrato, para presentar la autoliquidación con el documento. El plazo se cuenta desde el acto, no desde la inscripción en el Registro.4

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Fuentes consultadas

Los datos y normas se citan y se enlazan al original. Fecha de consulta de todas las fuentes: 17 de octubre de 2026.

  1. Código Civil, texto consolidado (artículos 1124, 1152, 1153, 1445, 1450, 1451, 1454 y 1455). BOE.
  2. Sentencia del Tribunal Supremo 498/2009, de 29 de junio de 2009, sobre arras confirmatorias, penales y penitenciales. Tribunal Supremo, Sala de lo Civil (copia publicada por El Notario del Siglo XXI).
  3. Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (texto consolidado). BOE.
  4. Real Decreto 828/1995, Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (artículo 102, plazo de presentación). BOE.
  5. Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios. BOE.
  6. El gran paso: comprar una vivienda. Consejo General del Notariado.
  7. Ley Hipotecaria, texto consolidado (artículos 17, 18, 104, 222 y 225). BOE.
  8. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (texto consolidado). BOE.
  9. Compraventa de viviendas, informe de julio de 2026. Consejo General del Notariado.
  10. Guía de acceso al préstamo hipotecario (versión de 2016). Banco de España.
  11. Consultas frecuentes: capacidad de endeudamiento (Portal del Cliente Bancario). Banco de España.
  12. Informe de Estabilidad Financiera, primavera de 2026. Banco de España.
  13. Valor tasado de la vivienda, segundo trimestre de 2026. Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.
  14. Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. BOE.
  15. Orden ECO/805/2003, sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. BOE.
  16. Gastos asociados a la hipoteca (Portal del Cliente Bancario). Banco de España.
  17. Real Decreto ley 17/2018, de 8 de noviembre (sujeto pasivo del AJD en préstamos hipotecarios). BOE.
  18. Texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (RDLeg 1/1993). BOE.
  19. Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido (texto consolidado). BOE.
  20. Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (texto consolidado). BOE.
  21. Estadística de Hipotecas (H), julio de 2026. INE.
  22. Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el Arancel de los Notarios. BOE.
  23. Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el Arancel de los Registradores de la Propiedad. BOE.
  24. Real Decreto ley 29/2026, de 6 de octubre, de medidas urgentes en vivienda (pendiente de convalidación). BOE.

Las herramientas de CasaCalculadora ofrecen estimaciones informativas. No son una oferta de ningún banco ni sustituyen el asesoramiento jurídico o fiscal individualizado. Los resultados dependen de los datos que introduces y de los supuestos que se explican en cada página.